A partir del mes agosto y hasta octubre, las personas naturales deberán cumplir con el deber de declarar renta, que no es solo una obligación legal, sino también un acto de responsabilidad ciudadana. Este proceso le permite al Estado, a través de la autoridad tributaria, que es la DIAN, conocer sobre sus ingresos, bienes, gastos y deudas que obtuvo durante el año anterior.
Pero más allá del cumplimiento tributario, ¿sabías que puedes aprovechar deducciones establecidas en la ley a la hora de pagar tu impuesto de renta? Estas deducciones, que eventualmente te pueden permitir un menor pago del impuesto, son:
- Pagos por medicina prepagada: Los pagos en cuanto a medicina prepagada y seguros de salud pueden permitirte un descuento en el caso en que debas pagar el impuesto de renta. El requisito es que la entidad a la que estés afiliado haya sido avalada por las superintendencias de Salud y Financiera.
- Dependientes: Son aquellas personas que el empleado tiene a su cargo y que dependen de él. Si tu hijo es menor de 18 años o tiene entre 18 y 23 años y no está trabajando, sino que estudia, entonces, aplica como un beneficio de deducción.
- Crédito hipotecario o leasing habitacional: Otra circunstancia en la que aplica la deducción es si adquiriste un crédito para comprar su vivienda, por el cual te están cobrando un monto de intereses. Estos gastos hacen parte de los beneficios, del cual su monto máximo a deducir es de 1.200 UVT.
- Donaciones: Algunas donaciones darán lugar al descuento del impuesto sobre la renta, equivalente al 25% del valor donado, siempre y cuando sean donadas a entidades legalmente constituidas y certificadas por la ley. Sin embargo, estos descuentos, al igual que otros, no podrán exceder el 25% del impuesto a cargo del contribuyente.